En vía penal pueden tramitarse asuntos relacionados con accidentes laborales, de tráfico, etc., siempre que haya existido un dolo, negligencia o imprudencia en la producción del accidente.
Si se acredita esa responsabilidad penal en la causa del accidente, se fijará en este procedimiento el “quantum” de la indemnización para la persona afectada por el mismo, determinando además una condena para el causante.
En caso de accidente de tráfico puede terminar el procedimiento dictándose título ejecutivo, en el que se determinará la cantidad máxima que podrá percibir la víctima del accidente.
martes, 9 de mayo de 2017
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Accidentes de trabajo
Artículo escrito por: Manuel
Accidente de trabajo
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